Queríamos compartir con vosotros hace unos días los argumentos jurídicos que vemos que están tranquilizando a los compradores y nos han ayudado a cerrar reservas y arras en estos días:
- Hay seguridad jurídica:
- Si el estado español no reconoce la independencia, seguirá considerando que somos España y por tanto se nos aplica a todos los efectos para el Estado Español la ley Española.
- Si el Estado Español reconoce la independencia algún día, se aplicaría la “Ley de transitoriedad” que dice que en Cataluña Independiente se aplica la ley Española hasta que Cataluña dicte sus nuevas normas. En caso de reconocimiento por parte de España significará que ambos países han negociado finalmente y todos los problemas de una hipotética inseguridad jurídica se habrán solucionado.
- El programa de Golden Visa seguirá existiendo:
- Seguirá existiendo el libre movimiento de cosas y personas (Cataluña, independiente o no, formará parte del Schengen):
- Efecto marcha empresas es sólo cosmético:
- IRPF. Aunque se cambie la sede social y fiscales, las oficinas y fábricas siguen en Cataluña por lo que sus trabajadores se quedan en Cataluña y el IRPF resultante de sus rentas sigue siendo en gran parte para Cataluña.
- IMPUESTO DE SOCIEDADES: en Impuesto que se queda el Estado Español siempre, independientemente de donde esté la sede social y fiscal en todo el territorio.
- IVA: el IVA es también siempre recaudado por el Estado pero repartido a las Comunidades en un 50%, su reparto, pero, no depende de donde esté la sede social y fiscal sino en función del consumo que ha generado, con lo que tampoco tiene impacto fiscal para Cataluña.
- IBI: entretanto sigan teniendo edificios y fábricas aquí, el pago del IBI no se ve afectado.
- No se pierden los derechos adquiridos.