La Dirección General de Tributos considera exenta en el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) la compra de la parte de la vivienda al otro copropietario, a cambio de compensarle con dinero. En el caso resuelto la propiedad del inmueble se repartía entre dos hermanos que querían disolver la comunidad de bienes (o…
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