La ley rebaja y congela el precio de los nuevos contratos de alquiler en zonas con alta demanda de vivienda
Si dudas sobre el precio del alquiler porque vives en Cataluña y tienes una vivienda alquilada o si estás buscando casa para alquilar en Barcelona, te tendrá que sonar una nueva ley. La nueva ley se publicó en el Diario Oficial de Cataluña en septiembre 2020. (DECRETO LEY 502020)
Para resolver tus dudas sobre el precio del alquiler en IMMOLLAR te lo explicamos:
Nueva ley de alquileres, ¿A quién afecta?
Lo primero que debes saber es que la nueva ley afectará a los nuevos contratos de alquiler que se formalicen en cualquiera de los 60 municipios catalanes afectados mencionados en ella, todos con una población que supera los 20.000 habitantes. Esto significa que si la vivienda que quieres alquilar no está en ninguno de esos municipios, tu contrato de alquiler (nuevo o renovado) no se verá afectado así como el precio de alquiler.
Los 60 municipios catalanes afectados
El listado es el siguiente, esperemos que te sirva para resolver tus dudas sobre el precio del alquiler, es bastante extenso, puesto que son 60 los municipios catalanes los que se ven afectados por esta nueva normativa que limita el precio de los alquileres. Todas tienen más de 20.000 habitantes y son las siguientes, por orden alfabético:
Barcelona, Badalona, Barberà del Vallès, Blanes, Calafell, Castellar del Vallès, Castelldefels, Cerdanyola del Vallès, Cornellà de Llobregat, Esplugues de Llobregat, Figueres, Gavà, Girona, Granollers, Hospitalet de Llobregat, Igualada, Lleida, Manlleu, Manresa, Martorell, el Masnou, Mataró, Molins de Rei, Montcada i Reixac, Montgat, Olesa de Montserrat, Olot, Palafrugell, Pallejà, Pineda, el Prat de Llobregat, Premià de Mar, Reus, Ripollet, Rubí, Sabadell, Salou, Salt, Sant Adrià de Besòs, Sant Andreu de la Barca, Sant Boi de Llobregat, Sant Cugat del Vallès, Sant Feliu de Guíxols, Sant Feliu de Llobregat, Sant Joan Despí, Sant Just Desvern, Sant Pere de Ribes, Sant Vicenç dels Horts, Santa Coloma de Gramenet, Santa Perpètua de la Mogoda, Sitges, Tarragona, Terrassa, Tortosa, el Vendrell, Vic, Viladecans, Vilafranca del Penedès, Vilanova i la Geltrú y Vilassar de Mar
La ley se aplica:
- En las áreas con mercado de vivienda tensa. La Ley ha incluido de manera transitoria 60 municipios catalanes en esta categoría, los que tienen más de 20.000 habitantes.
- En las viviendas que estén destinados a residencias permanentes.
Están excluidos de la ley los contratos suscritos antes del 1 de enero de 1995, los de protección oficial, de inserción, alquiler social, políticas sociales o los de carácter asistencial y alquiler social obligatorio.
Ahora bien, si vas a alquilar en alguna de esas ciudades, atento a la norma, porque…
¿Qué estipula la nueva ley de alquileres?
Esta nueva ley de alquileres estipula un límite de la renta, del precio de alquiler. Esto significa que, dependiendo del tipo de arrendador, se considera que la carga para el pago del alquiler no debe superar el 30% de la media de los ingresos familiares. Por tanto:
- El precio de la vivienda acordado en el nuevo contrato de alquiler no puede superar el precio de alquiler estipulado en el contrato anterior (si fue firmado en los últimos cinco años)
- Si ese contrato contempla una renta superior a la del Índice de Referencia del Alquiler de la Generalitat (consulta aquí el precio alquiler), el propietario tiene que reducir la renta para que se ajuste al valor oficial.
Requisitos para el límite de alquiler
Comentamos que los dos requisitos principales son el geográfico – que la vivienda esté situada en la zona que se considera “área con mercado de vivienda tenso” – y temporal – que el contrato sea nuevo o sea renovado. Sin embargo, otros factores intervienen:
- Esta legislación no es aplicable en pisos de menos de tres años. También quedan excluidos los contratos suscritos antes del 1 de enero de 1995, los de protección oficial, de inserción, alquiler social, políticas sociales, carácter asistencial y alquiler social obligatorio
- La vivienda alquilada debe ser residencia permanente. Queda excluido, por tanto, el alquiler de local.
Consecuencias por incumplimiento de la nueva ley de alquileres
Infracciones leves y graves, con multas de entre 3.000 y 90.000 euros
La sanción por incumplimiento del límite del precio del alquiler es bastante elevada. En primer lugar, diferenciaremos entre infracción leve – si se ha inflado el precio en menos de un 20% o se ha falseado el precio de referencia y no adjuntar el mismo al contrato – e infracción grave – en caso de que el precio sea superior en más de un 20%. Puesto que se está incumpliendo la Ley 11/2020, en el primer caso se multará con un importe de entre 3.000 hasta 9.000€ mientras que en el segundo el límite será de 90.000€.
Además, el inquilino podrá obtener una restitución del exceso con intereses.
¿Qué dicen los expertos sobre esta nueva ley de limitación del precio del alquiler en Cataluña?
Los colegios de administradores de fincas, agentes de la propiedad inmobiliaria y distintas asociaciones de agentes, promotores y constructores emitieron un comunicado tras la aprobación de la ley en la que destacaron que la limitación del precio del alquiler puede tener un efecto boomerang, en el sentido que las familias más desfavorecidas o en situación de vulnerabilidad no verán mejoradas sus condiciones para acceder al alquiler.
Su situación será la misma si no tienen incentivos para el acceso a la vivienda y la oferta de viviendas disponibles puede verse reducida por el temor de los propietarios a poner sus pisos en alquiler. Por tanto, aunque esta sea una medida sugerente y efectista, el largo plazo no parece alentador.
Esperamos haber resuelto tus dudas sobre el precio del alquiler. Si necesitas más información no dudes en consultar con uno de nuestros expertos o escríbenos en info@immollar.com.
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