Dado que la mayoría de los compradores de un inmueble en España se convierten en propietarios a través de una hipoteca, el notario es una figura fundamental dentro del proceso. Su principal responsabilidad es la de dar fe de la compraventa de la vivienda de acuerdo con la legalidad vigente, garantizando la seguridad jurídica. A la hora de elevar el contrato privado a escritura publica, es imprescindible contar con sus servicios. En este post te contamos algunas de las claves de estos profesionales:
1. Libre elección. Tras la concesión de la hipoteca, el banco no puede imponer su criterio en lo que a la elección de notario se refiere. Existe plena libertad y, de hecho, se deja al comprador elegirlo como deferencia, ya que será él quien se encargue de pagar los honorarios correspondientes. Sin embargo, en la práctica, suele ser la entidad financiera la que se encarga de seleccionarlo, dado que pocas veces el comprador conoce a un notario de confianza.
2. Escrituras con antelación. La mayoría de los compradores descubren el contenido de las escrituras durante la lectura el día de la firma. No obstante, tienen la posibilidad por ley de examinar un borrador de las mismas tres días antes de la firma. Se trata de un borrador que no es inamovible, por lo que es la oportunidad perfecta para que el nuevo propietario aproveche y consulte cualquier aspecto que no le quede claro, proponiendo las modificaciones que considere.
3. Cargas pendientes. Algo que el firmante debe tener claro es que, al firmar unas escrituras, no solo se adquiere el bien, sino también sus deudas. Como paso previo a la cita con el notario, hay que asegurarse de que la vivienda está libre de cargas. A través de una nota simple informativa del Registro de la Propiedad, se sabrá si hay una hipoteca pendiente o embargos. También hay que verificar que el inmueble está al día de las cuotas de la comunidad y del pago del IBI.
4. Todos los detalles. En las escrituras, tanto la de compraventa como la de la hipoteca, figuran todos los detalles de la operación. Son los documentos en los que se acredita a quién pertenece la casa y a quién pertenecerá, identificando al comprador y vendedor. Igualmente, en ellas se recoge cómo se pagará la vivienda: plazo de amortización, tipo de interés, comisiones, etc. Si durante la lectura surgen dudas, el comprador podrá interrumpir la misma y pedir las aclaraciones oportunas.
5. Asesoramiento real. Cuando se adquiere una vivienda, hay que ser consciente de que el notario está para ayudar al comprador, no al vendedor. Este profesional debe preocuparse no solo por ofrecer toda la información requerida, sino también asegurarse de que sus explicaciones han sido comprendidas. El lenguaje jurídico no es accesible a todo el mundo, por lo que es imprescindible que haya transparencia total, dado que en un futuro la compraventa puede considerarse nula.
(Fuente: abc.es)